sábado, 1 de diciembre de 2012



RASGOS DEL SISTEMA INQUISITIVO  EN EL ACTUAL SISTEMA ACUSATORIO VENEZOLANO
      Debo iniciar tal desarrollo manifestando que en el proceso inquisitivo constaba de dos fases; sumario y plenario, fue perverso; ya que en él mismo, el juez de instrucción  era el que tomaba todas las desiciones con relación al investigado y existía el hoy extinto llamado sumario, donde el investigado era juzgado sin tener acceso al expediente.
      En el sistema inquisitivo además, prevalecía la escritura, y para condenar a la persona, era necesario que existiese plena prueba, así mismo en este sistema los órganos de prueba no eran llamados al juicio, rigió en este proceso el famoso y hoy derogado código de Enjuiciamiento Criminal como norma adjetiva.
     Al igual existía la figura del defensor provisorio que se daba en el sumario y la figura del defensor provisorio que se daba en el plenario, como también existía la famosa declaración de indagatoria, rendida por el acusado.
Hoy en día rige el sistema acusatorio, que se inicio con la vigencia del código orgánico procesal penal sancionado en 20 -01 -98, gaceta oficial Nº 5208 del 23 -01 – 1998, norma adjetiva esta que desde esta ultima fecha hasta la actualidad tiene cinco reformas y otro nuevo código orgánico Procesal Penal con decreto con rango valor y fuerza de fecha 15 – 06 – 2012, gaceta oficial Nº 6078, donde solo están vigentes 28 artículos que se señalan en dicha gaceta Oficial; al entrar a efectuar análisis de la tarea numero 2, comienzo señalando que el rasgo mas influyente que tiene que ver en el proceso penal actual y que se aplicaba en el sistema inquisitivo se refiere que en todo proceso penal actual priva gran parte la escritura, es decir, que aun cuando en el código orgánico procesal penal y en el procedimiento penal, la oralidad que existe no es pura, ya que en el actual sistema el sistema es mixto, escritura que se demuestra, al ofrecer y promover pruebas y alegar o anunciar, cualquiera otra defensa que se creyere conveniente en la etapa intermedia, como también se puede solicitar en la etapa de investigación diligencias debidamente fundamentadas y razonadas ante el ministerio publico, escritura que también se aprecia al interponer el recurso de apelación bien de autos o de sentencia definitivas o de casación según sea el caso; y otras solicitudes y peticiones entre las que se pueden mencionar, revisión de medidas, y solicitud del control judicial así como también existe rasgos del sistema inquisitivo con el actual proceso penal, se incumplen con los lapsos procesales por cualquier causa tipificados en las normas de procedimiento penal ( ley adjetiva), así como también  existen rasgos del sistema inquisitivo en el proceso penal actual cuando hoy se observan que las mayorías de las causas, las causas tienen varias piezas, por consiguiente son voluminosas, así mismo se nota hoy en el proceso penal actual en rasgos con el sistema inquisitivo el hacinamiento carcelario y la falta de clasificación de la población penal, clasificación esta por cierto que se viene hablando de ponerla en practica  por mas de treinta años, y es lamentable y hoy cuando todavía se habla de clasificación, no se haya llevado a cabo la ansiosa clasificación de todos los procesados penales o como hoy se les dice a las personas que están en un recinto penal por cualquier causa se les llama privados de libertad.

Fuente Bibliográfica:
.- Alcántara Figueredo Francisco. Recorrido del Juicio Criminal. Séptima edición. Valencia .1966.
.- Código Orgánico Procesal Penal. Gaceta Oficial 5930 extraordinario 4 de Septiembre de 2009.Vadell Hermanos Editores.

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